Madrid, 10 Oct.- La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de abrir una pieza separada para investigar una presunta malversación en la labor de la asesora de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, dentro del procedimiento principal que indaga delitos como tráfico de influencias.
En un auto conocido este jueves, la sección 23 de la Audiencia estima parcialmente un recurso presentado por Cristina Álvarez, la asesora, y corrige la decisión del juez de desgajar la investigación, considerando que los comportamientos imputados en ambos delitos están estrechamente entrelazados. Los magistrados argumentan que la intervención habitual de Álvarez se habría utilizado como un elemento que favorecía la influenciabilidad subjetiva en el caso de presunta malversación, por lo que separar las piezas carece de justificación y resulta prematuro e inmotivado.
Aunque la Audiencia no cuestiona la legalidad del nombramiento de Cristina Álvarez, sí respalda que Peinado pueda seguir investigando si pudo incurrir en malversación, reconociendo que la eventual participación en este delito “plantea serios problemas” pero no impedía su imputación en ese momento procesal.
El juez Peinado había acordado interrogar como testigo en Moncloa al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y solicitó sin éxito su imputación ante el Tribunal Supremo, que no encontró indicios contra él. Asimismo, había propuesto que, en caso de juicio, Begoña Gómez, su asesora y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, fueran juzgados por un jurado popular, decisión extendida posteriormente al procedimiento principal.
Los magistrados recuerdan que tras más de año y medio de instrucción con abundante información y diligencias pendientes, no es procedente modificar el procedimiento sin una correcta delimitación de los hechos y los indicios que la sustenten, garantizando así la defensa de los investigados. Además, señalan que las imputaciones de intrusismo y corrupción en los negocios, que no han sido impugnadas, requieren una mínima verificación judicial antes de avanzar a nuevas fases del procedimiento.
En un segundo auto, la Audiencia ordena al juez Peinado resolver sin dilación sobre la admisión de tres diligencias de prueba solicitadas por la defensa de Begoña Gómez en noviembre de 2024, cuyo aplazamiento se considera improcedente, dado que se consideran esenciales para su defensa y podrían excluir la comisión de al menos dos de los delitos investigados.
Finalmente, en otro auto fechado el 3 de octubre, la Audiencia rechaza el recurso del fiscal y avala la prórroga de seis meses de la causa, considerando que está justificada mientras se completan diligencias pendientes, y subraya que un cierre prematuro de la instrucción podría acarrear consecuencias indeseables.