Madrid, 29 julio.- El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado la solicitud del exasesor ministerial Koldo García para que se decrete el secuestro judicial inmediato de los audios incluidos en la causa penal en la que está siendo investigado, así como la prohibición expresa de su difusión en los medios de comunicación, al considerar que no es competente para adoptar dichas medidas cautelares.

En un auto emitido este martes, el juez aclara que no tiene jurisdicción para tomar esas decisiones, aunque deja abierta la posibilidad de que García pueda presentar la misma solicitud ante el órgano judicial competente, sin precisar cuál sería, pero recordando que existen vías dependiendo de la naturaleza jurídica de lo denunciado.

Koldo se adhirió a la solicitud inicial para volcar los audios
El magistrado explica que la decisión de realizar el volcado íntegro de los audios encontrados en los dispositivos electrónicos incautados en el domicilio de Koldo García fue tomada a petición del exdirigente socialista Santos Cerdán, actualmente en prisión provisional, con el objetivo de articular su defensa de manera plena.

Lejos de oponerse, la defensa de Koldo se adhirió expresamente a dicha petición, sin formular objeción alguna en ese momento, lo que el juez considera relevante frente a la solicitud actual de censura y secuestro de los mismos archivos.

Filtraciones a los medios y entrevistas de investigados
En su resolución, el magistrado Puente lamenta la continua filtración a los medios de comunicación de actuaciones judiciales bajo secreto de sumario, señalando que “tan pronto como las mismas llegan a conocimiento de las partes, sin apenas solución de continuidad, pueden verse reflejadas en dichos medios”.

También subraya que han existido numerosas entrevistas mediáticas concedidas por investigados en el caso —incluyendo a algunos que se han acogido a su derecho a no declarar— lo cual “contribuye a fomentar el interés de los medios y a contrastar o desmentir el contenido de esas entrevistas”, según expone el auto.

Límites legales frente a las filtraciones
El juez reconoce que la investigación de posibles filtraciones no le corresponde como instructor y que es especialmente difícil de llevar a cabo por la protección del secreto profesional de los periodistas. Además, advierte que el marco legal vigente no dispone de herramientas suficientemente eficaces para prevenir ni sancionar este tipo de filtraciones, más allá de confiar en la buena fe procesal de las partes y de declarar el secreto de sumario.

Sin embargo, matiza que, una vez producida una filtración, las partes afectadas pueden recurrir a la vía judicial si consideran que la publicación vulnera derechos fundamentales como el honor, la intimidad personal o familiar, o la propia imagen. También podrían iniciar acciones legales si juzgan que la divulgación supone un ilícito penal o administrativo.

Finalmente, recuerda que en el transcurso del procedimiento judicial se pueden solicitar medidas cautelares adicionales si alguna parte considera que son necesarias para proteger sus derechos.

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