Redacción, 19 de septiembre.- El fiscal federal Carlos Stornelli amplió la acusación contra petroleras que exploran hidrocarburos cerca de las Islas Malvinas sin autorización argentina. Incorporó a Rockhopper Exploration PLC, sus subsidiarias Rockhopper Exploration (Oil) Limited y Rockhopper Exploration (Hydrocarbons) Limited, y Navitas Petroleum Development and Production Limited. Las compañías se sumaron a Desire Petroleum Limited, que ya había sido imputada al inicio de la causa.
También solicitó que se remitan exhortos al Reino Unido y a Israel con el propósito de informar la composición societaria de las empresas y verificar posibles vínculos comerciales con intereses británicos.
El caso se originó en una denuncia del canciller Pablo Quirno contra las compañías, las sociedades vinculadas a esas firmas y las personas físicas que eventualmente hubieran intervenido en su nombre o beneficio. El expediente quedó a cargo del Juzgado Federal N° 11, actualmente subrogado por Ariel Lijo.
Stornelli busca determinar si las presuntas actividades hidrocarburíferas realizadas sin autorización argentina en la plataforma continental próxima a las Islas Malvinas también podrían configurar delitos ambientales, infracciones aduaneras y lavado de activos.
Los antecedentes administrativos se remontan a mayo de 2012, cuando la Secretaría de Energía dictó la Resolución 130, que declaró ilegales las actividades atribuidas a Desire Petroleum en la plataforma continental.
Un año después, la Resolución 457/2013 inhabilitó a la compañía durante 20 años para desarrollar actividades en el país, al considerar que utilizaba una licencia otorgada por autoridades británicas.
La hipótesis de la fiscalía sostiene que, pese a esas resoluciones y a modificaciones posteriores en su estructura societaria, la empresa habría continuado utilizando esos permisos de exploración y explotación en la zona.
En el requerimiento, el fiscal planteó que “las conductas denunciadas podrían resultar constitutivas, prima facie, de los delitos reprimidos y contemplados en el artículo 7, incs. 1 y 2 y bajo las circunstancias contempladas en los arts. 8 y 9, de la Ley 26.659”.
La norma contempla delitos vinculados con la exploración o explotación petrolera no autorizada por la Argentina en su mar territorial o plataforma continental, incluidas las áreas próximas a Malvinas, con penas de entre cinco y diez años de prisión, multas equivalentes a entre 20.000 y 100.000 barriles de crudo WTI e inhabilitación comercial por el doble del plazo de la condena.
En tanto, para quienes investiguen o realicen, sin autorización argentina, la extracción de hidrocarburos, o su transporte o almacenamiento, desde yacimientos ubicados en esas áreas marítimas, la pena prevista es de 10 a 15 años de prisión, además de una multa equivalente a entre 150.000 y 1.500.000 barriles de crudo WTI e inhabilitación comercial por el doble del plazo de la condena.








