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Nueva York avanza con la Ley de Cielos Oscuros: cuándo estaría vigente y qué cambios deberán hacer casas y edificios si se aprueba

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Washington, 27 de agosto.- La posible aprobación en Nueva York de la Ley de Protección de los Cielos Oscuros impondría un cambio estructural en las reglas de iluminación exterior a partir del 1 de enero de 2028.

La iniciativa busca mitigar la contaminación lumínica en el territorio estatal mediante normas técnicas para luminarias residenciales, comerciales e industriales, con exigencias que van desde el blindaje de reflectores hasta restricciones horarias nocturnas.

El proyecto, tramitado como S9637A en el Senado estatal y A4615 en la Asamblea, obligaría a los propietarios a modificar sus instalaciones exteriores para dirigir la luz únicamente hacia abajo.

Para aquellos equipos que no cumplan con ese estándar, la norma exige un apagado obligatorio entre las 23:00 y el amanecer, bajo un esquema supervisado por autoridades ambientales.

A mediados de 2026, la propuesta impulsada por la senadora Patricia Fahy y la asambleísta Deborah Glick permanecía en comités parlamentarios.

Según reportó Latin Times, el calendario legislativo dejaría un período de transición destinado a que consorcios, dueños de edificios e industrias auditen sus equipos actuales y programen los reemplazos tecnológicos requeridos antes de la entrada en vigor de las exigencias.

Esta ventana temporal busca evitar colapsos operativos en el sector inmobiliario y permitir la adecuación presupuestaria de los proyectos de infraestructura, tanto en el ámbito privado como público local.

La regla principal establece que cualquier dispositivo de iluminación exterior, permanente o portátil, debe contar con un blindaje completo que oriente el 100% del haz luminoso por debajo de un plano horizontal.

Bajo este principio técnico, quedarían prohibidos los focos decorativos arquitectónicos, proyectores sin cobertura, luces ascendentes de fachada y bombillas descubiertas que emitan resplandor hacia la atmósfera o predios vecinos.

Para las propiedades con luminarias que no admitan adaptación física, la legislación abre la opción del control de tiempos. Esos sistemas deberán conectarse a temporizadores automatizados que interrumpan el suministro eléctrico desde las 23:00 hasta la salida del sol.

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