Redacción, 12 de septiembre.- La Cámara Federal de Casación Penal fijó para el 7 de octubre la audiencia que le permitirá escuchar la opinión de las partes antes de definir el futuro del expediente argentino contra Nicolás Maduro y otros funcionarios del régimen chavista, por la presunta violación sistemática de los derechos humanos en Venezuela.
La querella de los Foros por la Democracia FADER y FADD solicitó exponer sus argumentos de manera oral, con el propósito de defender la continuidad de la pesquisa, que -según sostienen- está incluida en el artículo 118 de la Constitución Nacional de 1994, donde prevé la jurisdicción universal respecto de los crímenes de guerra y otros crímenes internacionales.
Casación aceptó revisar la legalidad del procedimiento a partir de la queja que presentó el abogado de uno de los imputados. Se trata del ex comandante de la Guardia Nacional Bolivariana, Justo José Noguera Pietri, quien solicitó que se evalúe si los jueces argentinos tienen el poder para investigar delitos que se registraron en territorio venezolano.
El sumario abierto en nuestro país analiza las denuncias por detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas y el ataque generalizado y sistemático contra civiles considerados opositores al gobierno de Caracas.
Entre las víctimas que representa la querella figuran dirigentes políticos, periodistas, estudiantes, manifestantes, personas que expresaron críticas en redes sociales y militares considerados opositores. En esa nómina está incluido el gendarme Nahuel Gallo, quien se presentó en el caso, tras denunciar torturas físicas y psicológicas durante su cautiverio de 448 días, en uno de los centros clandestinos de detención.
La causa tiene como imputados al expresidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, su ministro de Interior y Justicia Diosdado Cabello, y otros 14 funcionarios de ese país, entre los que se incluyen mandos de la Guardia Nacional Bolivariana, del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) y de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM).
El juez federal Sebastián Ramos requirió la extradición de Maduro a los Estados Unidos, con el objetivo de trasladarlo a la Argentina para someterlo a declaración indagatoria. El exmandatario venezolano se encuentra detenido en Nueva York, donde enfrenta un juicio por narcoterrorismo.
El abogado de Noguera Pietri cuestionó la jurisdicción universal que ejercen los tribunales en nuestro país sobre el expediente de lesa humanidad contra los responsables del régimen chavista. El doctor Fernando Ezequiel Sicilia entendió que ese mecanismo es excepcional y no puede aplicarse de manera automática solo por la gravedad de los delitos denunciados.
En su planteo ante la Casación, opinó que, para habilitar esa competencia, debía acreditarse una conexión concreta con la Argentina. Entre los ejemplos que menciona figuran la presencia del acusado en el país, la residencia de víctimas o la afectación de intereses nacionales específicos. Según su postura, ese vínculo no fue demostrado.
Por otra parte, la defensa de Justo José Noguera Pietri pidió la nulidad o la inhibición del proceso argentino porque sostiene que su asistido corre el riesgo de ser sometido a una doble persecución penal por una misma plataforma fáctica. El argumento se apoya en el principio de non bis in idem, que prohíbe que una persona sea juzgada dos veces por los mismos hechos.
De acuerdo con sus fundamentos, la coincidencia se daría con el trámite abierto por la situación en Venezuela ante la Corte Penal Internacional (CPI). Sostuvo que ambas pesquisas abarcan presuntas violaciones a los derechos humanos cometidas desde el 12 de febrero de 2014.
Sicilia invocó precedentes de la Corte Suprema que determinaron que la garantía del non bis in idem protege frente al riesgo de una doble condena, y también ante la posibilidad de tener que atravesar simultáneamente dos procesos penales por el mismo hecho.








